Con 197 votos a favor, uno negativo y cuatro abstenciones, Diputados aprobó el proyecto de la Ley de Víctimas de Delitos Viales que aumenta las penas para los conductores involucrados en accidentes en casos de manejar en exceso de velocidad, alcoholizados o bajo efectos de estupefacientes.
Puntualmente, se modifica parte del artículo 84 del Código Penal y se establecen agravantes a la pena, que será de 3 a 6 años de prisión para los conductores que se encuentran bajo los estados anteriormente mencionados y se agrega el concepto de "conducción temeraria", para los casos donde el conductor que cometió el hecho sabiendo que estaba causando un daño.
Anteriormente las penas de 2 a 5 años permitían la excarcelación; sin embargo, a partir de ahora quienes superen en un 30% la velocidad máxima permitida o manejen con un nivel de alcoholemia igual o superior a 1 gramo por litro de sangre al momento de provocar un accidente no podrán ser excarcelados ya que las penas por homicidios culposos pasan a ser de 3 a 6.
Vivian Perrone, madre, titular de Madres del Dolor y madre de Kevin Sedano, joven atropellado y abandonado en 2002, expresó: "Sé que esta ley es la base, vamos a seguir adelante. A partir de ahora, atropellar en estado de ebriedad o con exceso de velocidad, escapar y dejar tirada a la víctima en la calle, son agravantes. Esperamos reducir las 25 personas que mueren por día en hechos viales".