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Todos los menores de 10 años deben transitar con sillita

El Gobierno cambió la reglamentación y ahora es obligatorio en todo el territorio nacional.

Todos los menores de 10 años deben transitar con sillita

El Gobierno nacional reglamentó un artículo de la Ley Nacional de Tránsito (Nº24.449), y a partir de ahora, los menores de 10 años deberán circular en la famosa "sillita" o Sistema de Retención Infantil (SRI), tal su nombre oficial.

"Los menores de diez (10) años deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema de Retención Infantil homologado al efecto, en relación a su peso y tamaño", es lo que dice literalmente la nueva reglamentación. Eran pocas las provincias que tenía lesgislación sobre el tema. Córdoba, Mendoza, Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires tienen sus propias reglas, y lo más probable es que se mantengan. En el caso de la Capital Federal, por ejemplo, el SRI es obligatorio para todos aquellos menores de 12 años que midan menos de 1,5m.

 

Con respecto a la homologación, desde organismo especializados advirtieron que lo importante es la tarjeta que aparece en los modelos. En el país, la norma que se comercializa es la europea, distinguida por un adhesivo de color naranja que marca el peso indicado para esa silla, además de denotar el fabricante y si es universal o no. La otra norma posible es una calcomanía estadounidense, que es amarilla. En la imagen anterior se puede observar esto.

Te dejamos también otra infografía de la Federación Internacional del Automóvil para América Latina (FIA IV), explicando las diferencias entre los distintos grupos de SRI y cuál corresponde a cada edad y peso.

 

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